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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL
CONTRATO ESPECIAL DE SERVICIOS PARA LA EXPLOTACIÓN DE
BAR DE LA PISCINA MUNICIPAL,
VENTA DE ENTRADAS Y LIMPIEZA DE VESTUARIOS DURANTE TEMPORADA DE VERANO 2013.
CLÁUSULA PRIMERA.
Calificación. Objeto del Contrato.
|
El contrato definido tiene la calificación de contrato
administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto
Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de
noviembre, y al contar con la calificación jurídica de contrato
menor, el hecho de realizar
procedimiento de adjudicación y de la elaboración del Pliego de
Cláusulas
Administrativas Particulares, no es obligatorio, aunque sí
conveniente a fin de concretar las condiciones, derechos y obligaciones
existentes en la prestación del servicio mencionado, y la posible prórroga , en
caso de estar de acuerdo ambas partes, por dos temporadas más.
El objeto del contrato es la
adjudicación del servicio de explotación del servicio del bar de la piscina municipal, así como de la venta de
entradas y limpieza de vestuarios para la Temporada 2013, al
constituir las Instalaciones de la Piscina
Municipal un Centro Social de reunión de los vecinos de la
localidad, con derecho a la utilización de las instalaciones de dominio público
correspondientes.
.
Asimismo, los
servicios objeto de contrato, son los que a continuación se describen:
1.1.Constituye el objeto
del presente contrato la prestación del servicio de bar de la piscina
municipal, como Centro Social de reunión de los vecinos de la localidad, con
derecho a la utilización de las instalaciones de dominio público
correspondientes.
1.2.Los servicios que son
objeto de regulación por este Pliego de Condiciones y que se concretan en los
siguientes trabajos:
a)
Servicios de repostería durante el horario en que permanezca abierta la
piscina. El adjudicatario, de su cuenta, deberá instalar los elementos
necesarios para una mejor prestación de este servicio y que se concretan en:
varios botelleros o cámaras frigoríficas, para la refrigeración de bebidas y
refrescos; mesas y sillas en número suficiente.
b)
Retirada y colocación de los residuos, despojos y basuras que genere el
complejo de la piscina, en contenedores, y otros recipientes, para su posterior
evacuación por el encargado del servicio de recogida domiciliaria de basuras.
c)
Cobro y vigilancia de la entrada al recinto de baños, rindiendo cuentas
semanalmente al Ayuntamiento. Las tarifas serán las establecidas por aquél.
d) Limpieza y
cuidado de zona perteneciente al bar, terraza, escenario, papeleras etc.
1.3.
Los servicios contratados estarán sometidos
permanentemente a la inspección y vigilancia del Ayuntamiento a través del
personal municipal o Concejal designado al efecto. Sin perjuicio del control
por el órgano de Sanidad competente.
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